miércoles, 20 de septiembre de 2017

Yeni Berenice: ¿en un limbo jurídico o se desconoce de su ratificación en el cargo?

Yeni Berenice: ¿en un limbo jurídico o se desconoce de su ratificación en el cargo?

El especialista en temas judiciales Francisco Álvarez manifestó el Consejo Superior del Ministerio Público tiene la potestad de manipular lo establecido en la Ley No. 133-11, pero debería informar los movimientos que realice en base a la aplicación de los artículos contenidos en la misma.
Kharla Pimentel /Acento.com.do - 19 de Septiembre de 2017 - 5:00 am -  13

http://acento.com.do/2017/actualidad/8492996-yeni-berenice-en-un-limbo-juridico-o-se-desconoce-de-su-ratificacion-en-el-cargo/

Foto: Acento.com.do / Yeni Berenice Reynoso, procuradora fiscal del Distrito Nacional.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- “Las fiscalías se integran por un equipo de procuradores fiscales y fiscalizadores que estarán dirigidos por un Procurador Fiscal designado como Titular, conforme al escalafón, del Consejo Superior del Ministerio Público por un período de cuatro años”, así reza el artículo 41 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Dominicano.
En base a ese mandato legal fue elegida Yeni Berenice Reynoso para ser la Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, luego de haber ocupado una posición similar en la provincia de Santiago.
Tras haber sido designada el 28 de diciembre del año 2011 la procuradora fiscal titular del Distrito Nacional cumplió su periodo de cuatro años frente a la institución, en el mes de diciembre del año 2015 como lo indica la ley. Empero, tras dos años de haber transcurrido dicho cumplimiento aún se encuentra a su cargo.

“Es una mujer preparada para dirigir cualquier entidad y la hemos visto en varios casos donde se ha enfrentado a grandes grupos de intereses”

A pesar de que la Ley No. 133-11 establece que “su mandato podrá ser reconfirmado por un segundo y único período consecutivo previa evaluación de desempeño”, no se ha notificado la realización de proceso alguno que reelija a Reynoso como Fiscal Titular.

Ley Orgánica del Ministerio Público – Num. 133-11:

Artículo 41. Procurador Fiscal Titular.
Las fiscalías se integran
por un equipo de procuradores fiscales y fiscalizadores
que estarán dirigidos por un Procurador Fiscal designado
como Titular, conforme al escalafón, por el Consejo Superior
del Ministerio Público por un período de cuatro años.
34Su mandato podrá ser reconfirmado por un segundo y único
período consecutivo previa evaluación de desempeño.
Rumores de que Reynoso Gómez será removida por encarar casos políticos y de corrupción que afecta intereses, circulan desde el cumplimiento del periodo de la experimentada abogada aunque no se ha visto ningún movimiento para llevar a cabo dicho proceso.
Desde la destitución hasta el traslado a una nueva entidad encargada de crímenes y delitos financieros por su actuar en casos de fraudes bancarios, son las informaciones que de manera extraoficial se han vertido en los medios de comunicación acerca de Yeni Berenice.
El especialista en temas judiciales Francisco Álvarez manifestó el Consejo Superior del Ministerio Público tiene la potestad de manipular lo establecido en la Ley No. 133-11, pero debería informar los movimientos que realice en base a la aplicación de los artículos contenidos en la misma.
“El Consejo puede otorgarle un periodo más a la fiscal porque la ley así lo establece. Si eso es correcto significa que fue ratificada y a la misma le corresponden cuatro años más que deberían culminar cerca del 2020”, agrega Álvarez.
Desde su punto de vista como abogado y conocedor de las leyes, Álvarez argumenta que la fiscal del Distrito Nacional tiene la experiencia y los conocimientos para estar al frente de cualquier institución judicial. “Es una mujer preparada para dirigir cualquier entidad y la hemos visto en varios casos donde se ha enfrentado a grandes grupos de intereses”.
Asimismo, explica que realmente Yeni Berenice ha sido obstáculo en ciertos casos judiciales debido a que su trabajo afecta intereses de grupos económicos y de poder en la República Dominicana.

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