CANARIOS EN GURABO, SANTIAGO: UN DOCUMENTO PARA SU HISTORIA
Publicado el: 29 septiembre, 2018
Mediante acto auténtico del 4 de marzo de 1909, instrumentado por el notario de Santiago Joaquín Dalmau, el señor Raymundo Domínguez ratificó la venta que a Miguel Antonio Pérez – vecino como él de “la loma de Gurabo” – y por cien pesos le habían hecho sus cuñadas Aniceta y Jesús Domínguez de “diez cordeles de terreno de boca en Lajas y de fondo desde el río de Yaroa hasta al Puerto”. El terreno perteneció a las vendedoras por herencia de su padre Sixto Domínguez, quien lo había adquirido en mayor cantidad por compra que había hecho hacía más de treinta años a los bisnietos de Pablo de León, quienes no le otorgaron escritura y solo le dieron la posesión de los terrenos vendidos y el título de su bisabuelo Pablo de León, por el que se evidencia que lo hubo por compra que hizo a Agustina Méndez Hernández.
Lo interesante de este acto es que, protocolizado junto a él, figura el acto de venta a Pablo de León, entregado por la parte vendedora como justificación de su derecho de propiedad. Se trata de un contrato suscrito el 6 de mayo de 1786, cuyas firmas legalizó el escribano real Antonio López, entre Agustina Méndez Hernández, vecina de Santiago y esposa de Antonio Fermín, y su hijo Pablo de León, en virtud del cual la primera le vendió al segundo en veinte pesos un derecho de tierra en Lajas, Puerto Plata, que le correspondió a raíz de la muerte de su primer esposo José de León, quien lo hubo a su vez de su hermano Pbro. Antonio de León.
El documento de 1786 es el más antiguo vinculado a familias de Gurabo localizado hasta ahora. El hecho de que su suscripción haya tenido lugar en Santiago y que los terrenos vendidos se hallasen en Puerto Plata, abona nuestra hipótesis de que los canarios habitantes de Gurabo fueran remanentes de los isleños que refundaron Puerto Plata en 1736 y deja por sentado que tales inmigrantes lograron tal arraigo económico que fueron adquiriendo terrenos en las estribaciones de la cordillera Septentrional en su vertiente norte, proceso que se extendió hasta alcanzar su vertiente sur en la zona de Gurabo.
En el libro “Historia y lengua – La presencia canaria en Santo Domingo – El caso de Sabana de la Mar”, de Irene Pérez Guerra, de 1999, no aparece Gurabo entre los asentamientos canarios de la parte Este de la isla de Santo Domingo. Parecería entonces que Gurabo no formó parte de ese plan fundacional y que fue un asentamiento menor, de mínima trascendencia frente a estos otros. Fue entonces un núcleo canario espontáneo, desvinculado del plan de repoblación de la corona española, que respondería a la reubicación de inmigrantes o descendientes de inmigrantes canarios inicialmente residentes en la ciudad de Puerto Plata y propietarios de terrenos en su jurisdicción. Por ende, si en Gurabo se establecieron “estancias” – agrícolas – como dice el Dr. Alejandro Llenas -, estas no tuvieron como objetivo suplir alimentariamente a Santiago como parte de un proyecto colonizador.
El Dr. Llenas cita a los Méndez, Díaz, Domínguez y de León como familias guraberas de ascendencia canaria, dato atendible sabiendo que, al casarse con una gurabera, de seguro se involucró en el conocimiento de su ascendencia y la de los pobladores del lugar. Pero en provecho también del origen canario del asentamiento está el hecho de que su parroquia tiene por patrón a san Bartolomé (san Bartolo), el mismo de la ciudad de San Bartolomé en Gran Canaria y de Neiba en la región Sur del país. Y por supuesto, el acto que ahora reseñamos.
http://hoy.com.do/canarios-en-gurabo-santiago-un-documento-para-su-historia/
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