LEY DE IMPUESTO TERRITORIAL
EN LA REPUBLICA DOMINICANA
A diferencia de la Ley de Camino aprobada en la Presidencia de Ramón Cáceres en 1907,
el cual autorizaba a los ayuntamientos a utilizar a la población masculina en la construcción y reparación de caminos. A
cuerdo a esta ley cada varón entre las
edades de 18 a 60 años estaba en la
obligación a rendir sus servicios un día cada trimestre.
La Ley de Impuesto Territorial fue un producto del
régimen intervencionista. Esta formó parte de una abarcadora reorganización
del sistema tributario del País. Según
dice Bruce Calder, en un estudio
sobre la ocupación
norteamericana, “los propósitos
del nuevo sistema tributario eran modernizar, las antiguas estructuras
fiscales y desarrollar nuevas fuentes de ingresos”.
La nueva ley
contributiva enfatizó la tributación directa frente al sistema de tributación indirecta que había predominado en el país hasta entonces. De esta manera el régimen militar (intervención militar
norteamericana) se enfrentó a las formas
de tributación tradicionales, aceptada
por la mayoría de la población. En la
medida en que el Estado se convertía en
el administrador de las rentas públicas, el nuevo sistema tributario
también fue debilitando las bases institucionales del Poder Político de las
élites regionales. Los Ayuntamientos como ejemplo.
El Impuesto Territorial fue establecido por la Orden
Ejecutiva No. 282 del Gobierno Militar
Norteamericano, en junio de 1919. BM, No. 29 1919.
Uno de los fines de la Ley de impuestos
sobre la tierra era la creación de un sistema tributario que partiera que el peso de las contribuciones recayese sobre
los que más se beneficiaban de la
economía nacional. En consecuencia, se estableció un sistema tributario escalonado de acuerdo
al tamaño de las propiedades. Las fincas de hasta 2,000 tareas pagarían un 0.5
por ciento de su valor, las de 2,000 a
10,000 tareas tributarían el 1 por ciento,
y las propiedades que sobrepasaban las 10,000 tareas se aplicarían un impuesto del 2 por ciento.
Además las mejoras permanente en las
tierras pagarían el 0.25% de su valor estimado. Ya que en el país todavía existían muchos terrenos comuneros, los
propietarios de los títulos de dichas tierras tendrían que pagar cinco centavos por cada peso de acción.
Este impuesto sin embargo fue rechazado
ampliamente por todo el sector rural de
la República, los pequeños, medianos y grandes propietarios. Por lo que, a
pesar de los esfuerzos de las
autoridades, las recaudaciones del Impuesto encaró serias dificultades. En 1920 el sindico del ayuntamiento de
Santiago tuvo que realizar una
reunión con las autoridades rurales (los
alcaldes pedáneos) para llamarles la atención
sobres los deudores en el campo,
quienes nos habían refrendado el impuesto sobre la propiedad, según (Calder, el
Gobierno Militar pretendía establecer un
impuesto sobre la renta pero la crisis económica que efecto al país a partir de
1920 lo impidió (Carder. The Impact of Intervention. 74).
A medida que la
crisis económica se agudizaba los
propietarios se volvieron más renuentes a cumplir con dicho impuesto. Inicialmente el Impuesto Territorial confrontó un tipo de resistencia pasiva, con el tiempo grupos de propietarios
empezaron a asumir posiciones más enérgicas en su contra. En noviembre de 1921
el ayuntamiento de Santiago, en sesión extraordinaria, recibió una comisión que
representaba a los terratenientes del municipio. De acuerdo a esta comisión,
las actividades comerciales, manufactureras y agrícolas se encontraban
paralizadas debido a la crisis económica que afectaba el país. Dada las severas
condiciones imperantes, la comisión concluyo que los propietarios de la común
no estaban en el deber, ni podían
pagar el Impuesto Territorial. Los portavoces de los propietarios, quienes que defendían a los terratenientes de
Santiago. Agregaron que el Impuesto Territorial representaba, una violación a
sus derechos y un atentado contra la riqueza pública y privada del Pueblo Dominicano.
(La comisión
estaba compuesta por: Eliseo Espaillat, Ulises Franco Bido, Dr. Ramón de Lara, Arturo Ferreras, Rafael
Muñoz, Luis Martínez, Rafael Valerio, Rafael J, Borges, y Alberto Asencio. Boletín Municipal, 31,1084.
15 de diciembre de 1921, 3-4)
La presión
para que el gobierno de
ocupación aboliera el Impuesto
Territorial aumento a partir de 1921. En marzo de 1922 un grupo de
terratenientes demandó la eliminación
del Impuesto. Miguel A. Feliú uno de los regidores del ayuntamiento de
Santiago, abogó por la restitución de los antiguos impuestos locales. De
acuerdo con Feliú, la recaudación del
impuesto sobre la tierra era dificultosa, no sólo por la crisis económica
general, sino también por el proceso
irregular y violento de la recaudación
misma. Para superar la resistencia de los propietarios y de los consejos
municipales, el gobierno militar decretó que, a partir del año fiscal 1922-1923, los ingresos del impuesto
territorial se administrarían a los
ayuntamiento y serian destinado a la educación pública obviamente ésta era una maniobra del gobierno para hacer cumplir
el pago del gravamen. A pesar de esto, en
octubre de 1923 síndico de Santiago informó que todavía no se
habían recaudado 510,000 pesos de impuesto sobre la tierra, señalando que la crisis económica obstaculizaba el pago del mismo.
Aunque el repudio del impuesto territorial por el campesinado no se tradujo en un
movimiento autóctono, la abarcadora oposición al mismo fue lo suficientemente
fuerte como para provocar serias preocupaciones y dudas al gobierno de
intervención. Las medidas fiscales del régimen causaron tal inconformidad entre
los terratenientes y sectores importantes de las élites urbanas, que la
oposición a dicho gravamen contribuyó a
preparar el escenario a la campaña nacionalista en contra de la intervención norteamericana. A pesar de ser un movimiento
predominantemente urbano y de si indiferencia hacia los reclamos de la
población rural, es difícil entender el éxito de los nacionalistas en negociar
el retiro de las fuerzas de ocupación
sin tomar en cuenta la oposición a las medidas tributarias del régimen.
El fracaso del impuesto territorial y la opinión al
mismo contribuyeron a profundizar la crisis del régimen interventor.
Independientemente de que se
pudiesen reconocerlo o no, los intelectuales nacionalistas que lucharon
por el retiro de las fuerzas de ocupación se beneficiaron de la inconformidad
generada por la política tributaria del régimen militar. En cierta forma, los
nacionalistas se encontraron en la Creta de la ola que se originaba en la
rulalia
Fuente: Revista
Historia y Sociedad. Departamento de Historia. Facultad de Humanidades de la
Universidad de Puerto Rico Recinto de
Rio Piedra. Año IV. 1991. Pág. 54-58
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