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domingo, 24 de septiembre de 2017

El Poder Municipal en las Primeras Constituciones Dominicanas.


El Poder Municipal en las Primeras Constituciones Dominicanas. 

Articulo del Dr. Fernando Pérez Memen, publicado en el Periódico Listín Diario, Domingo 6 de Noviembre de 1994, Opinión. Pág. 7 

Una de las ideas básicas del liberalismo democrático es el establecimiento de un equilibrio en los poderes y el impedimento de un Poder Ejecutivo fuerte o una dictadura constitucional. En ese tenor JUAN PABLO DUARTE, estableció en su Proyecto de Constitución lo siguiente. 
“para la más pronta expedición de los negocios públicos se distribuye el Gobierno en: Poder Municipal, Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo.” 
En este aspecto de su pensamiento se percibe una poderosa influencia del sabio constitucionalista Benjamín Constant, de Alexis de Tocqueville y de la tradición liberal español al que sobreestima a las libertades locales. Muestra, además, la influencia de Montesquieu y de la tradición parlamentaria inglesa, al colocar después del Ayuntamiento como segundo Poder del Estado, El Poder Legislativo. 
Constant, en sus Principios de Políticas Aplicables a Todos los Gobiernos Representativos habla del “Poder Municipal” y planteaba la necesidad de ponerle frenos locales a la autoridad central. Creía que las municipalidades libres, independientes del Poder Ejecutivo, eran un baluarte de las libertades individuales. 
En su Democracia en América, Alexis de Tocqueville, que al igual que Constant sus ideas fueron recibidas con entusiasmo en los círculos liberales latinoamericanos, vio en el ayuntamiento la base de las libertades de los pueblos, así escribió. 
“… es en el partido (municipio) en donde reside la fortaleza de los pueblos libres. Las instituciones concejiles son, respecto a la libertad, lo que las escuelas de primeras letras respecto a las ciencias; le dan a probar su uso apacible, y se habitúan a servirse de ellas. Sin instituciones concejiles puede una nación apropiarse de un gobierno libre, pero no el espíritu de libertad. Pasiones pasajeras, intereses momentáneos, circunstancias casuales pueden darle las formas exteriores de independencia, más el despotismo, sumergido en el interior del cuerpo social, vuelve a aparecer tarde o temprano en la superficie” 
Alejandro Angulo Guridi, en su libro Temas Políticos, al igual que DUARTE muestra esas influencias. Además de la de Laboulaye. Se lamentaba de que en Hispanoamérica sean tan poco los hombres públicos “que reconocen la trascendental importancia de la descentralización administrativa; y ese desconocimiento se manifiesta en la manera de ser del municipio en la totalidad de nuestras repúblicas”. Consideraba que el fomento de la administración municipal al extenderse a los asuntos seccionales y después a la vasta esfera de la política formaba “la gran valla en que por fuerza han de estrellárselas inmoderadas tendencias del centro gubernativo”. Y aseguraba que el municipio era “la crisálida de que brotan las libertades públicas, y donde se desarrolla la varonil energía que acoraza todos los derechos individuales. 
En el Proyecto de Constitución Alejandro Angulo Guridi, propuso a los Diputados de la Constituyente de Moca en 1858, en su art. 5 títulos II, rasa “El gobierno dominicano es esencialmente civil y demócrata republicano. El poder supremo se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Municipal, los cuales son independientes. Responsables y temporales. Sus encargos no pueden legarles”. 
Estatuye, en el Art. 61, “una municipalidad en cada común, sus regidores son electos por las asambleas po pulares, y no pueden ser suspendidos de sus funciones sino por el Congreso Nacional. Le concede amplias facultades para el gobierno de la localidad, entre otras, la de someter al Presidente de la República listas a la gobernación política de las Provincias y de la Cámara de Representantes para “todos los empleos de la Jerarquía Jurídica”. Establece, que la Constitución sólo podrá revisarse “cuando lo pidan al Congreso Nacional las municipalidades con una mayoría absoluta de votos” 

Aceptaba la idea de Domingo Faustino Sarmiento; “Gobernar es educar”, y la de Juan Bautista Alberdi; “Gobernar es poblar” que eran reveladoras de las más urgentes tareas que había que realizar en la América Latina en aquel tiempo. Ambas definiciones del gobierno las hermanaba, y reflexionaba que había que comenzar a enseñar los derechos y deberes de las democracias en las pequeñas localidades, cuya ignorancia en el “gran caballo de batalla de los unitarios y centralizadores de todo

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