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sábado, 29 de abril de 2017

Mujeres y prostitución en los tiempos modernos

Mujeres y prostitución en los tiempos modernos

Jueves 29 de Diciembre, 2016
El ejercicio de la prostitución, la llamada “profesión más antigua del mundo”, es un hecho que consta en la historia: ha sido objeto de numerosos análisis y propuestas de solución a lo largo de los tiempos; a pesar de ello su práctica se ha mantenido como una forma de expresión de la sexualidad.
Por Mª EUGENIA MONZÓN PERDOMO
 Las casas de mancebía
En los tiempos modernos tratadistas, teólogos e ideólogos coinciden en afirmar que la prostitución no sólo es un mal inevitable y necesario sino que cumple un verdadero servicio social.
Podemos establecer una estrecha relación entre la permisión y regulación de la prostitución y el establecimiento del matrimonio canónigo, indisoluble y monogámico. Para que se pudieran cumplir los preceptos matrimoniales, para que existieran mujeres que respondieran al modelo de castidad y seguir manteniendo el pilar de la maternidad y de la familia, tenían que existir otros espacios donde se pudiera dar rienda suelta a una sexualidad que existía, pero que no podía ser reconocida por la sociedad del momento.
Los tratados medievales y modernos valoraban los beneficios que aportaban los servicios sexuales fuera del matrimonio.
Según estos, la fornicación con mujeres de vida torpe no ponía en peligro la fidelidad conyugal, no generaba deshonra pública e, incluso, se creía que pagando, el acto se convertía en un contrato que libra a sus agentes de pecar.
El trato con la prostituta, por considerarse un acto puntual y por la habitual esterilidad que la medicina medieval le atribuía a las meretrices, se entendía que no ponía en peligro la descendencia ordenada de la familia. Las mujeres que comerciaban con el sexo contravenían las restricciones morales que delimitaban la expresión de la sexualidad femenina, pero en contrapartida apartaban a los hombres de pecados considerados de mayor gravedad como la homosexualidad, el incesto, el adulterio y las proposiciones a mujeres honestas.
De esta manera la prostitución se convirtió en un “oficio”, entre otros, que desempeñaba una función social determinada; era una actividad vil e impura, pero que contribuía, sin duda, al “bien común”.
Su práctica podía dar lugar a desórdenes y conductas poco apropiadas; es por ello que, desde fines de la Edad Media, se instituye el modo en que debe realizarse el ejercicio de la prostitución. Se crean las Casas de Mancebía, dotándolas de unas normas y ordenanzas que debían regular el acceso de las mujeres a la institución, al tiempo que organizaban el trabajo y las protegían de los desmanes de los regidores de dichos centros.
No sólo razones de índole moral animan a la construcción de estos lugares de reclusión del placer, la necesidad de control de los disturbios y la inseguridad de las urbes hace que la preocupación fundamental sea circunscribir la prostitución al espacio exclusivo de la mancebía.
HACIA LA REGULACIÓN
La institucionalización de la prostitución se produce en la monarquía hispana en el último tercio del siglo XV, en el que sabemos que numerosas ciudades castellanas ubican sus mancebías. La concepción del burdel como el espacio reservado a los placeres carnales implica, por parte de los poderes públicos, ocultar la existencia de esta realidad, y es por ello que las casas deben establecerse siempre en las afueras, lejos de los barrios populosos. Así se manifiestan algunas ordenanzas en torno a la construcción de los citados recintos:
Otrosi que se hagan casas de mancebía en la parte y lugar donde pareciera a la justicia y regimiento, e que la puerta de las dichas casas se saque hacia el campo e ninguna puerta, ni postigo se haga hacia la ciudad e que en las dichas casas se traigan todas las mujeres rameras, i cantoneras y las otras que ganaren en la ciudad...
Las ordenanzas que deben regir las Casas de Mancebía eran otorgadas por los consejos municipales, en tanto en cuanto que muchas de ellas eran fábricas que pertenecían al municipio, por las cuales obtenían una renta. Entre las cuestiones que vemos reguladas en los ordenamientos de dichos centros estarán las condiciones de acceso de las mujeres.
Ante las nuevas solicitudes de ingreso en la mancebía, el juez de barrio debía avalar que la peticionaria fuera mayor de 12 años, que hubiera perdido la virginidad, ser de ignorado nacimiento, abandonada de la familia.
Se hacía especial hincapié en que la joven no tuviera en la ciudad que ejerce padre, ni madre, ni familia alguna a la cual pudiera llevar al deshonor. Las muchachas ajenas al vecindario no daban lugar a padres privados de su honorabilidad o hermanos obligados a vengar la ofensa cometida contra el honor familiar.
Se establece que las prostitutas deben residir y ejercer exclusivamente en las mancebías, estaba prohibido instalar en su interior tabernas y lugares de juego, podían ser contratados hombres armados para vigilar las puertas y se prohibía acceder con armas a la misma. Por lo que respecta a las normas morales, las mujeres no debían trabajar en domingo y fiestas de guardar como Navidades, “época de alegría familiar”, o Semana Santa, “periodo de tristeza obligada”.
A pesar del estricto control que se intentó imponer sobre el ejercicio de la prostitución, lo cierto es que muchas mujeres optaron por el camino de la calle para eludir las duras condiciones a las que eran sometidas por los arrendadores de las casas, prefiriendo el riesgo de la ilegalidad al rigor de la reglamentación.
El proceso de institucionalización de la prostitución en los muros del burdel no siempre contó con la colaboración de las mancebas; eludir la vigilancia se convirtió en un acicate para las reclusas y sus rufianes. Prueba de ello son las innumerables quejas que los padres de la mancebía elevan a los cabildos por el deterioro de las tapias y muros que pretendían aislar a las mujeres del exterior, éstas eran horadadas con frecuencia para realizar túneles a través de los cuales mantenían contactos los rufianes y sus “protegidas”, al tiempo que facilitaban el libre acceso de las mujeres públicas a la calle lejos del control de los “padres del burdel” y las restricciones horarias. En otras ocasiones, las mujeres participaban en la prostitución de manera menos “profesional”. Estas incursiones podían constituir el primer paso hacia la posterior institucionalización o bien convertirse en una actividad desempeñada ocasionalmente de forma irregular, como una contribución más a la economía familiar en momentos de crisis aguda, pero sin ánimo de convertirse en la forma de subsistencia habitual de la familia.
DECADENCIA DE LAS MANCEBÍAS
A partir de la década de los 70 del siglo XVI asistimos al final de la convivencia pacífica entre los burdeles y la sociedad urbana. Se inicia entonces un ataque organizado contra las casas de mancebía. Conocemos un acalorado debate entre los que abogan por conservar la prostitución legalmente controlada en el marco establecido y los que creían que debían ser abolidas porque constituían una ofensa a Dios. Los burdeles pasaron de ser el remedio más e_caz para la contención del deseo a lugares en los que se fomentaba la lujuria. A ello se unen las iniciativas de la Corona, las pragmáticas de Felipe II, que acentuaban la severidad de las normas a aplicar en los prostíbulos, y la estigmatización de las mujeres públicas. En un intento por diferenciar claramente a las mujeres de “uso común” de las “buenas mujeres” se compelía a las primeras a que usaran mantos amarillos, signo de pertenencia a un grupo marginal y despreciable.
La disputa se polariza entre las posturas defendidas por los pragmáticos, que entendían que las prostitutas eran parte esencial del orden moral, y los moralistas, que sostenían, en cambio, que no se debía permitir que las mujeres sirvieran de esta forma a los deseos pecaminosos de los hombres. En cualquier caso, tanto unos como otros coincidían en afirmar, empero, que el orden social requería que las mujeres estuvieran recluidas bajo la supervisión masculina. En este ambiente de controversia, se introduce en las mancebías el discurso de la redención, el arrepentimiento empieza a formar parte de las pláticas dirigidas a las mujeres, se recoge en las propias reglas de las casas acciones encaminadas a dar cuidados espirituales, se contemplan tiempos de recogimiento y abstinencia en los ritmos de trabajo, los oficios religiosos serán obligatorios para las reclusas: asistencia a la eucaristía en los días de fiesta, sermones en fechas señaladas, etc. Al mismo tiempo se amplía la red asistencial dirigida a la redención de las mancebas por medio del encierro en casas de recogimiento, hospitales de enfermedades venéreas, etc. y se incorporan otro tipo de medidas para animar a las mujeres del burdel al arrepentimiento.
Cuando una joven se arrepentía recibía una dote para facilitar su reinserción por medio del matrimonio. A menudo, estas iniciativas, lejos de lograr el ansiado arrepentimiento, favorecieron las prácticas picarescas, ya que las prostitutas se ponían de acuerdo con un rufián para fingir la conversión, cobrar la dote y volver al oficio en otro lugar.
Por su parte, la Iglesia abogaba abiertamente por la desaparición de los prostíbulos. Las prostitutas serán consideradas culpables de los mayores desórdenes sexuales. Estamos asistiendo al fracaso del sistema de la mancebía pública, lo que favorecerá un estado de opinión propicio a la Pragmática de Felipe IV, en 1623, que prohibió los burdeles en todo el reino.
DESAPARICIÓN DEL SISTEMA
La promulgación de la ley no significó la inmediata erradicación de las mancebías ni la desaparición de la prostitución de las calles de las ciudades más importantes del Estado, sino que, por el contrario, el efecto fue hacer más visible una actividad que venía desempeñándose cada vez con mayor extensión fuera de los límites permitidos.
La citada pragmática ve la luz en unos momentos especialmente conflictivos, la profunda crisis que sacudirá a la monarquía española arrojará a muchas mujeres al mundo de la marginalidad y, por tanto, a la práctica de la prostitución. Algunos no tardaron en abogar por la vuelta de las mancebías públicas ante los escándalos y ofensas morales que se observaban a partir de su cierre. El verdadero temor que esconden los llamamientos al encierro de las mujeres públicas era el mal ejemplo que las rameras daban en las calles a las jóvenes casaderas, que cuestionaba el modelo de feminidad y de sexualidad impuesto en los tiempos modernos. La desaparición del sistema de mancebías dio lugar al encierro correccional como medida para erradicar la prostitución.
Casas de misericordia o de arrepentidas donde el ingreso se realizaba de forma voluntaria se combinan con centros de corrección, como las galeras, donde se recluía a las mujeres a la fuerza. Los resultados de unas y otras no fueron los esperados por las autoridades, la erradicación de la prostitución estaba muy lejos de ser una realidad, lo cual hace que a finales del siglo XVIII se reavive el debate, en los ambientes ilustrados, sobre los medios de controlarla. Cabarrús plantea la legalización y la reinstauración de las mancebías como espacios de control de las meretrices, única forma de erradicar el “mal francés”; por otro lado, el discurso médico propugna la dignificación de la profesión y propone un cambio de imagen de los burdeles y de las condiciones de las trabajadoras; los primeros serían entendidos como espacios de sociabilidad donde se podían intercambiar otros servicios que no fueran únicamente los sexuales, donde las mujeres pudieran gozar de mejores condiciones higiénicas y laborales para desempeñar sus trabajos. Evidentemente esta propuesta es únicamente un proyecto más de la ilustración que queda en papel mojado, pero abrirá el camino a la prostitución tolerada y controlada que se mantendrá con posterioridad.
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